En las últimas semanas, ha habido mucho revuelo en Colombia debido el fallo emitido por la Corte Constitucional por medio del cual despenalizó el aborto hasta las 24 semanas de gestación, una decisión que llevaba meses siendo dilatada por diversas trabas y por el alboroto social que un fallo de tal magnitud causaría.

Este fallo de la Corte se produce para dar respuesta a una demanda interpuesta en 2020 por el movimiento Causa Justa, una coalición de 90 organizaciones, en la que se exigía el fin de la criminalización del aborto. En vista de tal situación y analizado todos los pormenores del caso, finalmente la Corte aprobó la interrupción voluntaria del embarazo por cinco votos a favor por cuatro votos en contra.

Esta demanda permitió que la discusión se centrara en la protección de los derechos de las mujeres que suelen ser judicializadas o sufren complicaciones médicas en clínicas clandestinas.

En segundo lugar, hay que resaltar que fue un fallo judicial por parte de la Corte y no en el Congreso, donde la influencia de sectores conservadores es profunda y por el contrario se dio un debate en sectores de la sociedad civil que mayoritariamente aprueban este tipo de prácticas.

Hay que recordar que el aborto estaba penalizado con hasta cuatro años y medio de cárcel, aunque desde 2006 bajo los parámetros de la sentencia C-355 se permitía por tres causas: violación, malformación del feto o riesgo de salud para la madre, sin límite de tiempo.

Sin embargo, aunque muchos celebran este fallo, hay que resaltar que permitir el aborto hasta una etapa tan tardía del embarazo (24 semanas) es ir demasiado lejos ya que el feto está formado y sería tanto como causar un asesinato.

Así mismo, en repercusión del fallo de la Corte Constitucional, el Ministerio de Salud y Protección Social Colombiano reconoce como derecho fundamental de las mujeres el aborto lo que abre la puerta para este pueda ser garantizado por el Sistema de Seguridad Social y Salud del país.

Adicionalmente, se reconoce que esto es un hecho que pertenece a la esfera íntima o privada, lo cual obliga a proteger la confidencialidad de las mujeres que lo soliciten para evitar la revictimización, discriminación, culpa o estigma de la practicante.

Sin embargo, a pesar de que muchas personas y en especial los movimientos feministas apoyan y celebran este fallo, lo cierto es que muchas otras personas de la sociedad de valores más conservadores y religiosos están en contra y manifiestan su rechazo a esta decisión de la Corte.

En las redes sociales y en las calles del país, las opiniones están divididas tanto a favor como en contra de este fallo que tiene como fundamento jurídico el principio de la ética y la moral del individuo en este caso de la mujer practicante del aborto y su derecho a protegerse del peligro que puede representarle una maternidad forzada (no considerando un feto de 24 semanas como un individuo con derecho a vivir).

¿Qué opina usted al respecto?

 

Por: Jhon F Mieles Rueda

Agroforestal, escritor y político.

 

 

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